36) Clasifique los títulos de crédito según su vínculo con la relación jurídica fundamental.
Quien pueda ayudarme, doblemente agradecida!!! Saludos
lunes, 5 de octubre de 2009
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Martes, Miercoles y Viernes de 15:30 a 17:00 horas. Prof. Adjunto: Eduardo Farinati - JTP: Diego Rapoport
2 comentarios:
La vinculación existente entre el titulo mismo y la relación jurídica fundamental que le ha dado origen, distingue entre:
* Títulos causales: la causa de su creación tiene relevancia jurídica. La relación causal es oponible a todos los portadores, dado que subsiste vinculada al documento durante toda la vida del titulo. Son subordinados a la causa que les dio origen.
* Títulos abstractos: la ley se limita a prescindir de la causa del título con miras a lograr una mayor celeridad y seguridad en la circulación. Se desvincula el documento respecto de la relación causal, con lo que se asegura la adquisición y transmisión del documento, para evitar que su causa entorpezca el ejercicio de los derechos emergentes del titulo.
sisi es eso yo puse lo mismo! y lo saqué de Escuti :)
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