Alguien que haya respondido la pregunta 39) Clasifique los títulos circulatorios por las formalidades necesarias para su creación, puede ser que se refiera a los formales y no formales? Gracias!
Hola! grs por responderme, yo ademas de lo que puso M. Laura puse esto, fijate si te sirve! porque decia por las formalidades necesarias para su creacion y encontre esto, no se!
* TITULOS ‘EN SERIE’ o ‘EN MASA’: cuando con una única operación o con varias operaciones idénticas, se crea y emite un número de títulos ‘iguales entre sí’ en cuanto al contenido, forma y disciplina jurídica y que sólo se diferencian por un número de identificación, estamos ante los llamados ‘títulos en serie’ o ‘en masa’ Ejemplos: acciones de sociedad, debentures, títulos de la deuda pública. * TITULOS INDIVIDUALES: son títulos que se crean en virtud de un negocio jurídico particular. Ejemplo: letra de cambio, pagaré, cheque, etc.
Sì para mi tambien puede ser eso, y en la clasificaciòn de los individuales que pusiste ahi tambièn si vamos al caso una letra de cambio, un pagare o un cheque son distintos tipos de titulos que varian segun sus formalidades y sus requisitos esenciales para serlo...no te parece? no es la respuesta, pero cuando lei la pregunta tambien pense en esto... Beso!
Si no lo tenia yo eso de clase, pero puede ser tranquilamente... la verdad que me va a quedar la duda porque todas las respuestas que dimos pueden llegar a ser válidas...
4 comentarios:
Hola! grs por responderme, yo ademas de lo que puso M. Laura puse esto, fijate si te sirve! porque decia por las formalidades necesarias para su creacion y encontre esto, no se!
* TITULOS ‘EN SERIE’ o ‘EN MASA’: cuando con una única operación o con varias operaciones idénticas, se crea y emite un número de títulos ‘iguales entre sí’ en cuanto al contenido, forma y disciplina jurídica y que sólo se diferencian por un número de identificación, estamos ante los llamados ‘títulos en serie’ o ‘en masa’ Ejemplos: acciones de sociedad, debentures, títulos de la deuda pública.
* TITULOS INDIVIDUALES: son títulos que se crean en virtud de un negocio jurídico particular. Ejemplo: letra de cambio, pagaré, cheque, etc.
Sì para mi tambien puede ser eso, y en la clasificaciòn de los individuales que pusiste ahi tambièn si vamos al caso una letra de cambio, un pagare o un cheque son distintos tipos de titulos que varian segun sus formalidades y sus requisitos esenciales para serlo...no te parece? no es la respuesta, pero cuando lei la pregunta tambien pense en esto... Beso!
si , yo puse eso en un principio pero me parece que se refiere a esto :
art 1 y 2 del decreto-ley5965/63 para letra de cambio
para pagare: art 101 y 102 del mismo decreto-ley
y para cheque : ley 24452 art 2
y lo tenia subrayado en las leyes, como si lo hubiese dicho en clase
Si no lo tenia yo eso de clase, pero puede ser tranquilamente...
la verdad que me va a quedar la duda porque todas las respuestas que dimos pueden llegar a ser válidas...
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