martes, 21 de octubre de 2008

CLASE 08/10/2008

Empresa desde un aspecto de crisis

Régimen concursal → Ley 24.522
Se produce un cambio en el sistema legal:
• En principio al legislador no le importaba salvar a la empresa
• Luego se adicionan mecanismos para salvar la empresa
Código de Comercio → Creado en 1859 primero para la provincia y luego adoptado para la Nación. Reglaba la quiebra.
Modificado por leyes:
• Ley 4.156 del año 1902
• Ley 11.719 del año 1933
• Ley 19.551 modificada parcialmente por la ley 22.917. Buscaba mejorar la situación del concurso preventivo
• Ley 24.522 del año 1995 que sufrió modificaciones parciales:
2002
* Ley 25563, suspendió las subastas y postergo los cumplimientos preventivos
* Ley 25589, quito la prorroga y disminuyo el plazo de exclusividad
* Ley 26086, modifico el instituto del pronto pago y el régimen del fuero de atracción

Ley de Concursos y Quiebras


Regula:
- Concurso preventivo
- Acuerdo preventivo extrajudicial -APE-
- Quiebra
Acuerdo → es un símil concurso. Se gesta extrajudicialmente aunque debe ser homologado por el juez
Concurso preventivo → El deudor pide la apertura al juez
Concurso preventivo y Quiebra → Actúa un sindico. Es un contador. Cumple la liquidación, representa a los acreedores. En el CP es un controlador.
En el APE → NO hay sindico

Características del CP y de la Q:

* Oficiosidad, hace a la actuación del juez. El juez tiene facultades y debe impulsar el procedimiento.
* Universalidad – universo patrimonial del deudor-
La Q afecta todo el patrimonio del deudor con la excepción del artículo 108. El patrimonio del deudor es la prenda común de los acreedores. Hay medidas que garantizan la solvencia.
¿Cuales son los acreedores que deben presentarse a la fecha de petición de apertura de CP o declaración de Q? Los acreedores pre concursales.
2 categorías de síndicos →Clase A –colegiados
(Se designa x sorteo) ↘ Clase B –unipersonales
* Colectividad, en principio todos los acreedores tienen el derecho de verificar sus créditos
1) Acreedores pre concursales, aquellos de causa o titulo anterior a la fecha
2) Acreedores del CP o de la Q
3) Acreedores pos contractuales
Distintas categorías de acreedores:
- Acreedores privilegiados. Dos tipos de privilegios:
1) Privilegio especial – preferencia sobre un bien determinado
2) Privilegio general – preferencia sobre el resto del patrimonio
- Acreedores quirografarios
* Principio de igualdad de los acreedores:
Se aplica a los acreedores comunes –quirografarios- . En aquellos de igual categoría.
* Posibilidad de CP. Todos tienen la carga de ir a verificar. Para los acreedores quirografarios es obligatoria. Sistema de doble mayoría.

------------------------------------------------------------------------------------------------

No hay comentarios: